Fuente: Revista Gana Mas, Lima
Perú - Produce eleva límites de producción en la acuicultura para impulsar su crecimiento sostenible
lunes 21 de octubre de 2024
Perú - Produce eleva límites de producción en la acuicultura para impulsar su crecimiento sostenible
El nuevo decreto modifica las categorías productivas, estableciendo mayores umbrales de producción y fomentando la competitividad en armonía con la preservación ambiental.
19 octubre, 2024
Revista Gana Mas, Lima
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El Gobierno, a través del Ministerio de la Producción (Produce), ha emitido el Decreto Supremo N° 015-2024-PRODUCE, que modifica el artículo 10 del Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE. Esta modificación tiene como objetivo principal establecer nuevos criterios técnicos para las categorías productivas de la acuicultura, con miras a fortalecer el desarrollo sostenible del sector, la competitividad y la diversificación productiva, en armonía con la preservación del ambiente.
Este nuevo marco normativo responde a la necesidad de adecuar las categorías productivas de la acuicultura a las demandas actuales del mercado y los desafíos medioambientales. Según lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1195, que regula la Ley General de Acuicultura, el Estado tiene la responsabilidad de fomentar el desarrollo de la acuicultura sostenible, promoviendo la inversión privada, la generación de empleo y la diversificación productiva.
El Ministerio de la Producción es el ente competente encargado del ordenamiento acuícola en el país, tanto en actividades de mediana y gran empresa, como de micro y pequeña empresa y acuicultura de recursos limitados, en colaboración con los Gobiernos Regionales y Locales. Esta actualización normativa busca, en particular, fortalecer el posicionamiento de las categorías productivas y asegurar que se fomente un entorno adecuado para su crecimiento.
Principales modificaciones del artículo 10
El cambio más significativo del Decreto Supremo N° 015-2024-PRODUCE está en los umbrales de producción anual que definen cada una de las categorías productivas de la acuicultura:
1. Acuicultura de Recursos Limitados (AREL):La producción anual de esta categoría, que involucra a personas naturales o jurídicas, se incrementa de 3.5 toneladas a 10 toneladas brutas.
2. Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE): Este segmento, destinado a aquellas personas o empresas con mayor capacidad de producción, mantiene el límite de 150 toneladas brutas anuales para la mayoría de especies. Sin embargo, para los moluscos bivalvos de la familia Pectinidae (como las conchas de abanico), se establece un umbral especial de hasta 1,210 toneladas brutas al año.
3. Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE): Esta categoría incluye a aquellas personas naturales o jurídicas cuya producción anual exceda las 150 toneladas brutas para la mayoría de especies y las 1,210 toneladas para los moluscos bivalvos de la familia Pectinidae.
Este cambio regulatorio refleja un esfuerzo del Gobierno por impulsar la acuicultura como un motor clave para la economía del país, al promover un marco técnico que asegure la competitividad de las diferentes escalas productivas. La acuicultura ha sido reconocida como una actividad de interés nacional, debido a su capacidad para generar empleo, contribuir a la seguridad alimentaria, y dinamizar diversas cadenas productivas.
Asimismo, el nuevo reglamento permitirá que la actividad acuícola peruana se realice bajo criterios más adecuados a las necesidades del sector y con un enfoque en la sostenibilidad y la preservación de los recursos naturales.