Fuente: Andina, Lima
Perú - Pesca: concluyen actividades extractivas de jurel para embarcaciones de mayor escala
lunes 20 de marzo de 2023
Perú - Pesca: concluyen actividades extractivas de jurel para embarcaciones de mayor escala
Produce establece que el 18 de marzo finaliza la captura del recurso marítimo
Lima, mar. 17.
Andina, Lima
https://andina.pe/agencia/noticia-pesca-concluyen-actividades-extractivas-jurel-para-embarcaciones-mayor-escala-933181.aspx
El Ministerio de la Producción (Produce) determinó hoy que se den por concluidas las actividades extractivas del recurso jurel (Trachurus murphyi), efectuadas por embarcaciones de mayor escala, a partir de las 00:00 horas del 18 de marzo del 2023.
Mediante Resolución Ministerial Nº 000118-2023-Produce, publicada en la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano, también se dispuso que los armadores de embarcaciones de mayor escala pueden desembarcar jurel, siempre que demuestren haber contado con autorización de zarpe de fecha anterior a la vigencia de la conclusión de las actividades extractivas.
Además, el procesamiento, almacenamiento, comercialización y transporte debe contar con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso proviene del desembarque realizado antes de la fecha señalada.
El Instituto del Mar del Perú (Imarpe), en el marco del seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del jurel, informa y recomienda al Produce las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias para el aprovechamiento sostenible del citado recurso, en función de las nuevas evidencias científicas disponibles.
La norma indica que el incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial será sancionado conforme a la Ley General de Pesca, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes.
Las direcciones involucradas del Ministerio de la Producción; así como las dependencias pesqueras de los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma.