Fuente: Fish Information Services, FIS
Peru - Panel de OMC apoya reclamo de Peru sobre denominacion comercial de sardina
miércoles 3 de julio de 2002
Perú ha ganado el apoyo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en su
disputa con la Comunidad Europea (CE) sobre la supuesta discriminación
contra las conservas de sardina del país sudamericano.
Algo más de un año pasó desde que Perú presentó a la CE una petición para
establecer normas comunes de comercialización para las conservas de sardina,
hasta que la OMC hiciera público el informe del Grupo Especial Examinador.
Presentadas las conclusiones de la OMC, y aún cuando no se han hecho
recomendaciones que lleven la resolución a la práctica, los sudamericanos
han sido escuchados. El hecho constituye una importante validación de los
estándares internacionales.
En su solicitud, Perú había manifestado que los productos preparados con la
especie Sardinops Sagax, abundante en sus aguas, estaban recibiendo un trato
menos favorable que el otorgado a productos de origen europeo similares,
elaborados con la especie Sardina Pilchardus.
Desde el inicio de las negociaciones -y con el apoyo los Estados Unidos,
Canadá, Chile, Venezuela, Colombia y Ecuador- Perú aseguró que el Reglamento
de la CE constituía "un obstáculo innecesario al comercio internacional,
incompatible con algunos de sus artículos y acuerdos, además de contradecir
el principio de no discriminación al que la Unión se adhiere".
En la resolución de la OMC del pasado mayo, y tras convocar el
establecimiento de un Grupo Especial para que examinara el Reglamento de las
CE, las autoridades reconocieron el error en el que se había incurrido, y
por el que hasta el presente sólo se permitía comercializar conservas de
sardina si el producto estaba preparado con la especie Sardina pilchardus.
Datos científicos dan cuenta de que la Sardina pilchardus (común en
Atlántico Noreste, el Mar Mediterráneo y el Mar Negro) y la Sardinops sagax
(propia del Pacífico Este y las costas de Perú y Chile) pertenecen a la
misma familia y son similares en sus aspectos más importantes. Ambas viven
en un entorno pelágico costero, forman bancos, practican la migración
vertical, se alimentan de plancton y sus estaciones de reproducción son
similares. También se reconocen diferencias, todas ellas morfológicas: la
cabeza, el tamaño, el tipo y la cantidad de espinas branquiales. Los dos
peces, al igual que otras especies de la familia clupeidae, se emplean en la
preparación de productos de pescado en conserva o en lata, envasados en
agua, aceite u otro medio apropiado.
El dictamen de la Comisión de la OMC concluyó que "el Reglamento de la CE
anuló o menoscabó las ventajas dimanantes para el Perú del Acuerdo sobre la
OMC, en particular del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC)".
El informe completo del Grupo Especial puede consultarse en el sitio de la
OMC,
en http://www.wto.org/spanish/tratop_s/dispu_s/231r_s.doc.
Por FIS Latino