Fuente: El Chubut, Rawson

Argentina - Reclamo de trabajadores del sector pesquero

martes 29 de abril de 2003

El Sindicato de Trabajadores de la Industria Alimenticia reclamó a los legisladores provinciales la modificación de las normativas que hacen a la actividad laboral de los empleados del sector pesquero y cuestionó el irregular funcionamiento de las denominadas "empresas de servicios eventuales".

El gremio, con la firma del dirigente Luis Emilio Núñez, remitió al presidente de la Legislatura la siguiente nota: "Tengo el agrado de dirigirme a Ud. y por su intermedio ante quien corresponda a fin de elevarle mi preocupación ante la serie de irregularidades que desde nuestro gremio hemos detectado en el ámbito de la actividad pesquera, más específicamente respecto de las plantas procesadoras de frutos de mar que desarrollan su actividad en nuestra provincia, refiriéndome en cuanto a incumplimientos, a los que surgen producto de las obligaciones emanadas de la relación laboral.

No es intención de nuestra institución el buscar responsables en los ámbitos competentes, del abuso del que son objeto cientos de trabajadores en la actividad, puesto que el problema de fondo tiene su historia y se originó en las políticas nacionales que en materia pesquera fueron mal direccionadas o acordadas en desmedro de esta actividad o en beneficio de algún sector empresario según pasan los gobiernos, políticas éstas que hicieron que en general los gobiernos provinciales debieran adecuarse a las mismas siguiendo quizás el derrotero de intereses genuinos pero que en definitiva muy pocas veces llegaron a la clase obrera por muchos motivos.

Sin una Ley Provincial de Pesca que englobe la actividad en su totalidad, con parches que resuelven a medias los problemas de la misma, la falta de seguridad jurídica que conlleva la inestabilidad expresada hábilmente por gran parte del empresariado a pesar de que la situación de sus empresas no es para nada desfavorable, teniendo en cuenta lo que se paga en el sector, hace que a su vez surjan a instancias de ellos mismos los inescrupulosos de siempre, supuestos empresarios de empresas de servicios cuyo único fin es el de mediar en la dación de mano de obra y, que sin estar habilitados para actuar como empresas de servicios eventuales por la autoridad de aplicación que es el Ministerio de Trabajo, sí lo hacen con autorización de la autoridad de aplicación provincial que, pese a los incesantes reclamos que a lo largo de años ellos mismos reciben de los trabajadores, desde ese organismo no se ha sugerido al menos para el sector, la imposición de restricciones a este flagelo que luego impacta directamente sobre el gobierno o algunas de sus instituciones y en especial sobre los trabajadores cuyos derechos son vulnerados sistemáticamente mientras que los verdaderos responsables, los dueños de: la materia prima a procesar, de los permisos de pesca, de los barcos o de las plantas fabriles, minimizan aún más sus costos ya que estas empresas de servicios incumplen con sus obligaciones o aparecen y desaparecen en forma constante, con el asesoramiento de asesores expertos en la estafa al trabajador y a los distintos organismos.

Si bien la Ley de Contrato de Trabajo contempla en su Art. 29 y concordantes el tema de la interposición y mediación, la falta de recursos y las limitaciones de la autoridad laboral provincial conforme a lo establecido por la Ley de Creación de la Subsecretaría de Trabajo, la que no le da a este organismo las herramientas legales para actuar conforme sería nuestra necesidad, lo lento de los reclamos por la vía judicial que no se condice con las necesidades del trabajador que generalmente posee familia numerosa o se trata de madres solteras, hace que debamos concluir que la única solución es que los empresarios del sector se obliguen a contratar personal utilizando las modalidades contractuales contenidas en la L.C.T. y el C.C.T.
137/90 sin tercerizar la mano de obra o hacerlo solamente a través de Empresas de Servicios Eventuales debidamente autorizadas por el Ministerio de Trabajo y que esto quede fielmente especificado en alguna norma legal que además contemple la aplicación de sanciones en forma inmediata a aquellos para los cuales el trabajador realice el proceso, tales como la suspensión o el retiro de los permisos de pesca provinciales, en caso de incumplimientos del contrato de trabajo entre otras medidas tendientes a evitar que el principal responsable evada sus responsabilidades.

- La creación de un registro de Empresas de Servicios Eventuales habilitadas para actuar.
- La inhabilitación de las empresas de servicios que funcionen actualmente y que no sean de servicios eventuales.

Lo que pretendemos es que se adecuen normas a la actividad de la pesca, a fin de lograr con eficacia y claridad, una mayor equidad en las relaciones laborales relativas al proceso en las plantas procesadoras de frutos de mar del Chubut y que se traduzcan en una garantía cierta para los trabajadores que también son dueños del recurso y que a la fecha no han recibido el trato que se merecen y que los dignifique como tales. Atento a lo antes expresado es que solicito a Uds. vean la posibilidad de darle a este tema tan delicado un pronto tratamiento. Adjunto a la Pte. nómima de empresas que poseen reclamos laborales".