Fuente: Portal Portuario, Santiago de Chile
Perú - MTC realiza capacitación para prevenir Covid-19 en transporte marítimo, fluvial y lacustre
jueves 7 de enero de 2021
Perú - MTC realiza capacitación para prevenir Covid-19 en transporte marítimo, fluvial y lacustre
6 Enero, 2021
PortalPortuario
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) del Perú realizó una capacitación a personal técnico de la Asociación Peruana de Empresas Turísticas para enseñar a prevenir el Covid-19 en el transporte marítimo, fluvial y lacustre
En la capacitación el MTC enseñó los protocolos elaborados en coordinación con el Ministerio de Salud para evitar la propagación del Covid-19, con el fin de instruir a los funcionarios del gremio de turismo sobre la importancia de establecer y respetar las medidas sanitarias que deben cumplir las agencias de viaje y turismo para evitar el coronavirus.
En detalle, antes de abordar una embarcación que brinde el servicio de transporte acuático de pasajeros y turístico se debe tomar en cuenta las recomendaciones sanitarias para evitar posibles contagios en el viaje.
Así, los usuarios y la tripulación están obligados a utilizar mascarillas y protectores faciales en todo momento y mantener la distancia física. Sobre todo, ahora que se ha ampliado el aforo al 100% del número permitido en el certificado de seguridad otorgado por la Dirección de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú.
Adicionalmente, de acuerdo al protocolo, el transportista debe limpiar y desinfectar la embarcación por dentro y fuera, antes y después del viaje. Igualmente, debe procurar una adecuada ventilación de la nave y disponer de equipos de protección personal para la tripulación.
En los terminales portuarios, muelles o embarcaderos es recomendable evitar las aglomeraciones. Para ello se debe establecer previamente el número de pasajeros permitidos, así como los tiempos y turnos de embarque.
Cabe destacar que solo está permitido la alimentación a bordo de la embarcación en el caso de que esta sea tipo crucero y brinde servicio de transporte turístico. También están autorizadas las comidas en las naves que brinden servicio de transporte de pasajeros con una duración mayor a seis horas.