Fuente: IPaAcuicultura.com

España - El Consejo Consultivo de Acuicultura pide a la DG Sante una revaluación de la EFSA sobre el riesgo de parásitos en productos acuícolas

jueves 3 de septiembre de 2020

España - El Consejo Consultivo de Acuicultura pide a la DG Sante una revaluación de la EFSA sobre el riesgo de parásitos en productos acuícolas

IPac. - 2 de septiembre de 2020

La opinión científica de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) sobre la evaluación de riesgo de parásitos en productos acuícolas [BIOHAZ. EFSA Journal 2010; 8(4):1543] y el Reglamento de la Comisión (UE/1276/2011) consideran que el riesgo de transmisión de parásitos a las personas es insignificante. Sin embargo, se señala que, en el caso de otras especies de peces de criadero distintas del salmón atlántico (Salmo salar), aún no había datos importantes a este respecto.

Tras el trabajo realizado en el marco del proyecto ParaFishControl, financiado por el programa Horizonte 2020, y tal como destaca el CCA, “en sus informes de investigación no se constata que haya parásitos helmintos zoonóticos en las principales especies de peces de criadero de la UE ; en concreto para la dorada, la lubina, el rodaballo, el salmón atlántico, la trucha arco iris y la carpa común”. A entender del Consejo Consultivo de Acuicultura (CCA), “estos resultados nos permiten afirmar que el riesgo general de infección parasitaria en las especies seleccionadas es insignificante, al igual que en el caso del salmón atlántico”.

Es así que, a la luz de dichos, resultados, el Consejo Consultivo de Acuicultura solicita a la DG Sante que encomiende a la EFSA una revaluación de riesgos para determinar si el riesgo de transmisión a las personas de parásitos de los peces de criadero de la UE se considera importante o insignificante. Si la EFSA considera que el riesgo es insignificante, añade el CCA, “la legislación vigente de la UE debe, por tanto, modificarse de modo que se amplíe la excepción del tratamiento de congelación de productos que vayan a consumirse crudos o semicrudos, tal como establecen los requisitos del Reglamento de la Comisión (UE) n.º 1276/2011”.

Recuerdan desde el Consejo Consultivo de la Acuicultura, que la opinión actual de la EFSA concluye que no hay suficientes protocolos de control para considerar que otras especies de peces de criadero distintas del salmón no representen un riesgo para la salud en relación con la presencia de parásitos, y que ésta ha establecido una serie de requisitos para poder considerar otros productos acuícolas; unos requisitos que se han incluido en el citado Anexo III revisado del reglamento de la UE, sección VIII, capítulo III del Reglamento (CE) n.º 854/2004, parte D, punto 3 (d)